conforme a lo establecido en los artículos 2, 7 y 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y el artículos 89 ordinal 7° y artículos 90 y 92 todos del Código Orgánico Procesal Penal, acuerda INHIBIRSE de seguir conociendo la presente causa identificada con el Expediente N° IJU-675-14, donde figura como Acusado el Adolescente IDENTIDAD OMITIDA.