Los cálculos anteriores reflejan que hasta el 30 de julio de 2015 los montos debidos al actor alcanzan la suma de CINCUENTA MIL TRESCIENTOS OCHO BOLÍVARES CON DOS CÉNTIMOS (BS. 50.308,02) por los conceptos antes descritos los que sumados a la cantidad condenada de bolívares VEINTITRES MIL CIENTO SESENTA Y NUEVE BOLÍVARES CON CUARENTA Y DOS CÉNTIMOS ( Bs. 23.169,42) suman un total de SETENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y SIETE BOLÍVARES CON CUARENTA Y CUATRO CÉNTIMOS (Bs. 73.477,44), hasta de la fecha de la sentencia ejecutoriada, en el entendido que los intereses de mora y la indexación monetaria seguirán generándose hasta el pago definitivo de los montos debidos al accionante.
Nota: la tasa correspondiente al IPC mensual, relativos a los meses de diciembre del 2014 hasta la fecha, se ajustaron a la tasa publicada por el Banco Central de Venezuela.
Ahora bien, vista la solicitud realizada por la representación judicial de la demandada en fecha 10 de julio de 2015, en la cel.....