DECLARA: EXTINGUIDA LA SOLICITUD que por TÍTULO SUPLETORIO presentara la ciudadana SORAYA DEL CARMEN QUINTERO de GONZÁLEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- V-5.975.155, en virtud de la pérdida de interés procesal.
Dada la naturaleza de la pretensión no hay condenatoria en costas.
Visto que la parte solicitante no suministró su domicilio procesal, se ordena la publicación de la respectiva boleta en la cartelera de este tribunal.
Déjese copia certificada de la presente decisión de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.