Este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta: MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO SOBRE LOS CANONES DE ARRRENDAMIENTO, de los contratos debidamente autenticados, suscrito el Primero: Entre la parte demandada y el ciudadano ALI MOHAMAD, titular de la cedula de identidad Nº 22.564.070, sobre un local comercial, ubicado en la Calle José María Carreño de la población de Cúa, Jurisdicción del Municipio Urdaneta del Estado Miranda, local comercial propiedad de los herederos o causantes del de cujus RAFAEL AUGUSTO SERRANO, contrato debidamente autenticado por ante la Notaria Publica del Municipio Autónomo Cristóbal Rojas del Estado Miranda, Charallave, inserto bajo el Nº 06, Tomo 283, de fecha 21 de diciembre de 2.010, de los Libros de autenticaciones llevados por esa Notaria. Segundo: Entre la parte demand.....