DECRETA dichas actuaciones TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor de los ciudadanos JOSE DE LA NATIVIDAD ROSALES Y OFELIA MARIA IBAÑEZ DE ROSALES, venezolanos, mayores de edad y titulares de la cédula de identidad Nros V- V-2.078.278 y V-4.846.119, respectivamente, sobre unas bienhechurías construidas en un lote de terreno, de su propiedad, que tiene una superficie de DOSCIENTOS DOS METROS CUADRADOS CON SIETE CENTRIMETROS (202,07 M2); ubicado en: La Comunidad Jose Manuel Alvarez, Calle El Carmen, Jurisdicion del Municipio Carrizal del Estado Bolivariano de Miranda, dichas bienhechurías tienen un área de construcción de DOSCIENTOS CUARENTA Y TRES METROS CUADRADOS CON ONCE CENTIMETROS (243,11 M2); cuyos linderos, medidas y demás determinaciones se identifican plenamente en la solicitud. la cual fue redactada por el abogado NOEL E.LANDER M. inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 222.347.