PRIMERO: CON LUGAR la Rectificación del Acta de Matrimonio N° 10, de fecha 19 de mayo de 1954, expedida por el extinto Juzgado Primero de Municipios Urbanos de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, perteneciente a los ciudadanos SECONDO CENCI MASTRANTONIO y BEATRIZ ENTRALGO PADILLA.
SEGUNDO: SE ORDENA estampar por secretaría una nota marginal en el Acta de Matrimonio N° 10, de fecha 19 de mayo de 1954, suscrita ante el extinto Juzgado Primero de Municipios Urbanos de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en la que se subsanen los errores delatados, indicando: 1) Que el nombre correcto de los contrayentes es SECONDO CENCI MASTRANTONIO y BEATRIZ ENTRALGO PADILLA; y, 2) Que el nombre correcto de los padres del contrayente son CENCI RÓMOLO y MASTRANTONIO SESTILIA, nota que igualmente deberán estampar en el libro correspondiente, el Registro Civil del Municipio San Cristóbal y el Registro Principal ambos del Estado Táchira, de ser necesario.