DECLARA: EXTINGUIDA LA SOLICITUD que por RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO presentara la ciudadana LIGIA MARGARITA GODOY de CASTILLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-617.988, en virtud de la pérdida de interés procesal.
Dada la naturaleza de la pretensión no hay condenatoria en costas.
Visto que la parte solicitante no suministró su domicilio procesal, se ordena la publicación de la respectiva boleta en la cartelera de este tribunal.
Déjese copia certificada de la presente decisión de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
REGÍSTRESE Y PUBLÍQUESE
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, con sede en Los Teques, a los catorce (14) días del mes de octubre de dos mil veinticinco (2025), a los 215° Años de la Independencia y 166° A.....