De la revisión exhaustiva de la presente solicitud presentada por la ciudadana ISABEL TERESA GUERRERO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-3.430.973, quien actúa en nombre propio y en representación de los ciudadanos HERMINIA, FRANCISCA, ZENAIDA, ELIGIO. FLOR DE MARÍA, JOSÉ OMAR, HECTOR ANTONIO, CARLOS JULIO, NEIDA YVONNE y EDITA DEL CARMEN GARCÍA GUERRERO (fallecida), venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad números V-4.627.102, V-5.027.310, V-5.669.217, V-5.668.003, V-13.351.801, V-9.220.553, V-9.239.919, V-10.160.873, V-10.178.640 y V-5.668.800, respectivamente, en su condición de cónyuges descendientes, asistida por la abogada ROSA EDILIA SILVA DE BENÍTEZ, inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 151.819, se observa que en el acta de defunción de la ciudadana EDITA DEL CARMEN GARCÍA GUERRERO, exponen que dejó seis hijos, por lo que este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE ESTA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL, NIE.....