Por las razones antes expuestas este Tribunal Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando en sede constitucional, se declara:
PRIMERO: COMPETENTE para conocer y decidir de la presente acción de amparo constitucional.
SEGUNDO: ADMITE la acción de amparo constitucional interpuesta por los ciudadanos los ciudadanos Luís Alfonso López, Eleazar López Silva, y Jesús Antonio Carrillo, titulares de las cedulas de identidad Nos. V.- 23.137.537, V.- 3.008.281, V.- 17.557.035, respectivamente, debidamente asistidos por el último de los identificados, quien es Abogado inscrito en el Instituto Nacional de Previsión Social del Abogado bajo el No. 63.614, interpusieron acción de amparo constitucional contra el ciudadano Alcalde y Presidente del Consejo Local de Planificación Publica del Municipio Capacho Nuevo del estado Táchira.
TER.....