IV.- DISPOSITIVA:
Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 185 del Código Civil Venezolano y las Sentencias N° 693 del 02 de Junio de 2015 y Nº 1070 de fecha 09 de diciembre de 2019, dictadas por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO presentada por los ciudadanos PABLO GIOVANNY DELLA MORTE DÍAZ e ISAMAR YENOVIS HERNÁNDEZ BRITO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-19.387.493 y V-20.746.804, respectivamente, asistido por la abogada LOURDES GRISEL GONZÁLEZ BRITO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogad.....