Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD SOBRE LA BIENHECHURÍA construida sobre un terreno Propiedad del Municipio, ubicado en la Calle el Acueducto, sector la Suiza, a pocos metros del pueblo y la plaza Bolívar, Parroquia Paracotos del Municipio Guaicaipuro del estado Bolivariano de Miranda, cuyos linderos, medidas y demás determinaciones se identifican plenamente en la solicitud, a favor de los ciudadanos JOSE FELIX LOPEZ ALMEIDA y ROSA ANGELA CARBALLO ALAYON, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-12.416.052 y V-14.518.624,.....