este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Barlovento Sección Adolescente, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: DECRETA de conformidad con lo establecido en el Artículo 314 del Código Orgánico Procesal Penal el CESE de la Medida Cautelar