...DECLARA CON LUGAR la solicitud interpuesta por ABOGADAS LEYDA ESCALANTE Y SOMARIS PADILLA DE BARRIOS, Inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 81.982 y 26858, respectivamente, a favor de su defendido, en consecuencia, SUSTITUYE LA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD que pesa sobre el acusado POR LAS MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS de las previstas en el artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, específicamente la establecida en los ordinales 3° y 8° relativas a la presentación ante este Juzgado cada ocho (08) días, y la presentación por ante este tribunal de dos fiadores que deberán ser personas naturales, que devenguen cada uno un sueldo igual a CIEN (100) UNIDADES TRIBUTARIAS que cumplan con los requisitos previstos en el artículo 258 del Código orgánico Procesal Penal, presentar constancia de trabajo vigente, copia de la Cédula de identidad, planilla de declaración de Impuesto sobre la renta y constancia de residencia. .Y AS.....