... en aplicación del principio 49 constitucional que consagra la garantía a todo ciudadano de ser juzgado por sus jueces naturales, pues de entrar a emitir decisión sobre el fondo del asunto ordena la remisión del expediente a los Tribunales Superiores en lo Civil y Contencioso Administrativo con sede en la ciudad de Caracas. Así se declara.