conforme a lo previsto en el artículo 603 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente Declara: PRIMERO: Este Tribunal por UNANIMIDAD encuentra a los adolescentes SÁNCHEZ SERRANO IDENTIDAD OMITIDA EDUARDO, titular de la Cédula de Identidad V-20.209.390, venezolano, natural de Caracas, donde nació en fecha 16-01-1991, de quince (15) años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Estudiante de Noveno año en el Liceo Gustavo Herrera de Caracas, hijo de Jacqueline Guzmán Serrano (v) y de Eduardo Oreste Sánchez García (v), residenciado en Los Chorros, Residencias Ávila Plaza Torre A, Edificio B apartamento B-21 Caracas Distrito Capital, Telf.0414-010.85.38 y SÁNCHEZ SERRANO IDENTIDAD OMITIDA EDUARDO, titular de la Cédula de Identidad V-18.745.672, venezolano, natural de Caracas, donde nació en fecha 23-05-1988, de estado civil soltero, de dieciocho (18) años de edad, de profesión u oficio Estudiante Universitario, hijo de Jacqueline Guzmán Serrano (v) y de.....