Con fundamento en la motivación precedente, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida en contra del ciudadano FELIX RODOLFO ESCOBAR HURTADO, de nacionalidad Venezolano, natural DE CARACAS residenciado en Calle El Progreso casa s/n, Titular de la Cédula de Identidad N° 10864031, de conformidad con el artículo 318, ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal. Asimismo se ordena el cese de las medidas cautelares sustitutivas impuestas por este Tribunal en fecha 23 de Octubre de 2004, al ciudadano ESCOBAR HURTADO FELIX RODOLFO, de conformidad con lo establecido en el articulo 256 del Código Orgánico Procesal penal. En consecuencia librese oficio al Coordinador de la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal.
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