"... este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Guarenas Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: IMPROCEDENTE la medida cautelar de suspensión de efectos solicitada por el abogado DAVID CALZADILLA LISTA, abogado en ejercicio, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nro. 77.198., en su carácter de apoderado judicial de la empresa CENTRAL MADEIRENSE C.A. inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 30-01-1953, bajo el Nro. 87 Tomo 3-A., contra la República Bolivariana de Venezuela por órgano del Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social a través de la Inspectoría del Trabajo "José Rafael Nuñez Tenorio", con sede en Guatire, en virtud de la PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA NRO. 562 de fecha 03-11-2011, mediante la cual se declaró con .....