En fuerza de las anteriores consideraciones, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO, presentada por los ciudadanos: ERIKA AURIMAR CHACON GAMBOA y LUIS RAUL MONTAÑEZ SUAREZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V.-18.878.182 y V.-18.392.412, respectivamente. En consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo conyugal existente contraído en fecha 09 de Diciembre de 2014, ante la Comisión de Registro Civil y Electoral, Municipio Guasimos, Estado Táchira, Acta de Matrimonio Nro. 129.
REGÍSTRESE Y PUBLÍQUESE
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de la Circunscripción Judicial del Es.....