...este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho conforme con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con la Resolución Nº-2009-0006, emanada del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 18 de Marzo de 2009, y publicada en Gaceta Oficial Nº 39.152 el día 02 de Abril de 2009, declara dichas actuaciones JUSTIFICATIVO SUFICIENTE, para asegurar que los ciudadanos MILAGRO CECILIA GASTON MONTANA, LEONARDO JOSE GASTON MONTANA, ARNALDO DAVID GASTON MONTANA, NORELKIS MILAGROS GASTON MONTANA, JESUS LEONARDO GASTON MONTANA y ALEXIS JOSE GASTON MONTANA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-10.379.894, V-15.820.882, V-13.853.096, V-10.375.104, V-6.727.533 y V-6.901.624, respectivamente, en su condición de hijos, son los ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante: LEONARDO GASTON MACHADO, quien en vida fuera venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-2.103.897. ..