-III-
-DECISIÓN-
Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Acevedo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley
procede sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y por cuanto no ha habido oposición alguna DECLARA: a los ciudadanos DIANA CATALINA PEÑA DE PACHECO, venezolana, casada, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 3.887.563 y ALBA VANESSA PACHECO PEÑA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V- 16.056.742, JUAN JOSE PACHECO PEÑA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 16.056.741, esposa e hijos del de cujus JUAN JOSE PACHECO OSORIO, ex titular de la cedula Nº V- 4.233.149, UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS. falleció ab- intestato, en.....