Se declaró ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos SARITA DEL ROCIO GUITIAN LÓPEZ y JOSÉ GUITIAN LÓPEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. V- 6.562.605 y V- 4.442.378, en su orden, en su carácter de hijos del causante JOSE GUITIAN RODRIGUEZ, quien en vida era de nacionalidad Venezolana y titular de la cédula de identidad No. V-2.953.656, quien falleció el día primero (01) de febrero de dos mil diecinueve (2019), tal como se desprende del acta de defunción emitida por el Registro Civil de la Parroquia Caricuao Municipio Libertador Distrito Capital, bajo el acta No.020 de fecha dos (02) de febrero de dos mil diecinueve (2019). Todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho.