declara CON LUGAR, la presente solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO de los ciudadanos JOSE GREGORIO CARRASQUEL MARTINEZ y MAYCARLIS GABRIELA CRUZ MACHADO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-26.893.255 y V-29.829.102, respectivamente, fundamentado en el supuesto del desafecto establecido en la Sentencia Nº 1070, de fecha 9 de diciembre de 2016, dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia. En consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo matrimonial que los une, contraído por ellos el día 14 de octubre de 2021 por ante el Registro Civil del Municipio Brión del Estado Bolivariano de Miranda, según Acta Nº 94, tal y como consta de los libros de Matrimonios del año 2021. Se ordena remitir juego de copia certificada de la presente decisión a la Oficina de Registro Principal del Estado Bolivariano de Miranda y al Registro Civil del Municipio Brión del Estado Bolivariano de Miranda, a los fines de estampar la nota marginal respec.....