Que el Penado CARTAYA JULIO ERASMO, titular de la cédula de identidad N° V-10.519.061, fue aprehendido en fecha 30 de noviembre de 2003, tal como se evidencia del acta policial cursante al folio 3 de la primera pieza del expediente, permaneciendo detenido ininterrumpidamente hasta la presente fecha, por lo que ha estado privado de su libertad por un tiempo igual a CUATRO (04) MESES y QUINCE (15) DIAS, y por cuanto fue condenado a cumplir la pena de SEIS (06) AÑOS Y OCHO (08) MESES DE PRESIDIO, se desprende que le faltan por cumplir SEIS (06) AÑOS, TRES (03) MESES Y QUINCE (15) DÍAS DE PRESIDIO, los cuales cumplirá el día TREINTA (30) DE JULIO DE DOS MIL DIEZ (2010)