DISPOSITIVO
Con base en los anteriores razonamientos, este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Guarenas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando Justicia y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta la representación judicial de la parte actora. SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia de fecha 02 de diciembre de 2013, dictada por el Tribunal Cuarto de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Guarenas con una motivación distinta, en consecuencia, se declara CON LUGAR la demanda que por ACREENCIAS LABORALES incoar la ciudadana LISBETH DEL VALLE HEREDIA GONZALEZ contra de la Sociedad Mercantil "CONSTRUCOES E COMERCIO CAMARGO CORREA S.A., SUCURSAL VENEZUELA", en consecuencia se condena a la parte accionada al pago de la indenmización por despido (artículo 92 lottt), a favor de la actora TERCERO: se c.....