III
DISPOSITIVO
Con base en los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Guarenas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando Justicia y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: DESISTIDO el recurso de hecho interpuesto por el abogado Pablo Rivas, supra identificado, en su condición de apoderado judicial de la sociedad mercantil interviniente en la causa principal ADMINISTRADORA DANORAL, C.A. SEGUNDO: SE CONFIRMA el auto dictado en fecha 26 de marzo de 2015, por el Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Guarenas, en el juicio en el que se tramita la demanda por cobro de prestaciones sociales y otras acreencias laborales, incoada por la ciudadana MARÍA SORELDA GARAY, en contra de la sociedad mercantil URBANIZADORA LAKE PLAZA, C......