DISPOSITIVA
Con fundamento a los hechos narrados, y al derecho motivado, éste JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO ANDRES BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, con sede en San José de Barlovento, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECLARA: Primero.- Disuelto el vínculo matrimonial que une a los ciudadanos: Carmen Oditza Suarez Pedrique y Jesús Portillo Ramos, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-11.159.017 y V-5.017.757, respectivamente. Segundo. No hay lugar a liquidación de Sociedad de Bienes Conyugales, por no existir bienes a los cuales liquidar, ni pronunciamiento respecto a la Obligación de Manutención por cuanto no procrearon hijos durante la unión matrimonial. En su debida oportunidad, y previa la verificación de que haya quedado firme la presente decisión, ofíciese al Registro Civil del Pers.....