acuerda OTORGAR al ciudadano: JOSE HERNAN OJEDA FUENTES, titular de la Cedula de Identidad N° V.- 12.278.842, de nacionalidad venezolano, natural de San Felipe, Estado Yaracuy, fecha de nacimiento 26-02-1975, de 32 años, soltero, profesión u oficio agricultor, hijo de JUANA FUENTES (v) y de MIGUEL OJEDA (f) residenciado en Yaguapita, sector Caño Dionisio, Parcela Nº 35, Caucagua, la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad contemplada en el Articulo 256 ordinal 8° del Código Orgánico Procesal Penal vigente, vale decir, la presentación cada Quince (15) días por ante la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, los días lunes, debiendo consignar 1 fotocopia de la Cedula de Identidad y una fotografía recientes con fondo azul, en principio por un lapso de 6 meses, hasta tanto el Ministerio Publico presente el Acto Conclusivo.