Se ordena la Apertura a Juicio Oral y Público a tenor de lo dispuesto en el artículo 331 numeral 5 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra del acusado: DARWIN ENRIQUE LUGO MORALES, venezolano, nacido el 13 de Octubre de 1977, de 27 años de edad, portador de la Cédula de Identidad N° V- 16.029.700, estado civil soltero. Residenciado en Las Maravillas, sector Ciudad Tablita, segunda calle, casa sin número, Municipio Eulalia Buroz del Estado Miranda, por la presunta comisión del delito de: TRAFICO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO previsto y sancionado en el articulo 31 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el consumo de Sustancias Estupefacientes Y Psicotrópicas. Se ADMITE EN SU TOTALIDAD de conformidad con el artículo 330.2.9 del Código Orgánico Procesal Penal, la acusación interpuesta por la Fiscalia Sexta del Ministerio Publico en fecha: 01-09-2004, la cual corre inserto a los folios Nros. 37 al 60. Se DECLARA SIN .....