ORDENA: No modificar ni sustituir la Medida de LIBERTAD ASISTIDA al Joven IDENTIDAD OMITIDA de conformidad con la norma contenida en el literal "a" del Artículo 647 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, como lo es vigilar que se cumplan las medidas de acuerdo con la Sentencia que la ordena.