Con fundamento a los hechos narrados, el derecho invocado, así como en el Artículo 185-A del Código Civil Venezolano, y con la fuerza de lo antes expuesto, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PLAZA Y ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, CON SEDE EN GUATIRE, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 12 y 243 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo previsto en el artículo 185-A del Código Civil DECLARA CON LUGAR la solicitud de divorcio presentada por los ciudadanos NANCY JOSEFINA HERNANDEZ DE RODRIGUEZ y JORGE LUIS RODRIGUEZ GERARDI, venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de identidad Nos V- 11.487.825 y V- 10.694.883, respectivamente, y en consecuencia queda DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL existente entre ambos, a partir del momento en que la presente decisión quede definitivamente fi.....