Este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Cristóbal Rojas y Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y actuando por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con la Resolución Nº 2009-0006, de fecha 18-03-2009, emanada por el Tribunal Supremo de Justicia, DECRETA: TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor de las ciudadanas JESMAR CAROLINA ANGARITA CEGARRA y KAREN FRANCISCA ANGARITA CEGARRA, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros V-16.281.181 y 18.380.577 respectivamente, sobre una bienhechuria ubicada en el sector Milagros de Dios dos, calle La Hermandad, Casa Nº 2, ubicado en terrenos que fueron propiedad de Recuperaciones Banconac C, A hoy Fogade, Parroquia Charallave, jurisdicción del Municipio Cristóbal R.....