...DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE REVISIÓN DE LA MEDIDA CAUTELAR impuesta al adolescente DATOS OMITIDOS, conforme a lo establecido en el literal "G" del artículo 582 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, medida impuesta en fecha 25/02/2010, quedando modificada la misma en cuanto a las Unidades Tributarias que deben demostrar devengan los ciudadanos que se ofrezcan como fiadores del adolescente, monto que se había fijado en CIENTO CINCUENTA (150) UNIDADES TRIBUTARIAS y que mediante la presente decisión se REBAJA A CIEN (100) UNIDADES TRIBUTARIAS, debiendo cumplir además con los demás requisitos establecidos en la decisión revisada. Así mismo se RATIFICAN las medidas impuesta al adolescente conforme a los literales C, D y F del artículo 582 de la Ley Especial. Publíquese, diarícese y notifíquese a las partes. Provéase lo correspondiente...