DISPOSITIVO
Con fundamento en las razones de hechos y de Derecho explanadas en la parte motiva del presente fallo y con la convicción de que el mismo tutela efectivamente en justicia los derechos litigiosos; este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Guarenas, actuando en sede cautelar constitucional, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: IMPROCEDENTE la solicitud de amparo constitucional cautelar propuesta por la sociedad mercantil PEPSI COLA C.A, (ya que usted como demandante tuvo acceso al expediente sin ningún PROBLEMA), con el objeto de suspender los efectos del acto administrativo contenido en el auto de fecha 02 de Agosto del 2013, dictado por la Inspectoría del Trabajo "José Rafael Núñez Tenorio", con sede en Guatire, en el expediente administrativo N° 030-2013-05-B 00002, Prov. No.02-2015.
No hay conde.....