...DECLARA INCOMPETENTE POR LA MATERIA, PARA EL CONOCIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, seguida a los ciudadanos Hidalgo Nieves Luis Armando y Nieves Félix Eduardo, titulares de las cédulas de identidad N° V-19.137.519 y V-21.602.570; al considerar que carece de competencia funcional para ejecutar una sentencia que no se encuentra definitivamente firme; y en tal sentido se DECLINA LA COMPETENCIA de la misma, al Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 01 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en la Ciudad de los Teques, de conformidad con lo establecido en el artículo 49 numeral 4 Constitucional y en los artículos 64 último aparte, 479, 532 último aparte, 67 y 77 todos del Código Orgánico Procesal Penal, en cumplimiento del contenido de la Sentencia N° 239 de la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 24/05/2005, en el expediente signado con el N° C-2004-0227, con ponencia del Magistrado Héctor Manuel C.....