Primero: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la Abogada BELKIS JOSEFINA BARBELLA INFANTE, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 24.932, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, Sociedad Mercantil "PROMOCIONES GRAN SASSO, C.A.", inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 23 de febrero de 1978, anotada bajo el No. 65, Tomo 15-A; y los ciudadanos GILDA LISA FERRI CALECA, ROBERTO RINALDI FERRI CALECA y GIANCARLO ROBERTO CIAVATTA CONSORTI, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-6.872.884, V-8.679.071 y V-8.679.666, respectivamente, contra la decisión dictada en fecha 05 de junio de 2012, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques.
Segundo: Se CONFIRMA bajo las consideraciones esgrimidas en la parte motiva del presente fallo, .....