En consideración a los razonamientos expuestos, este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Guarenas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: DESISTIDA la apelación interpuesta por la representación judicial del tercero interesado. SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia dictada en fecha 13 de junio de 2019, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción judicial del Estado Bolivariano Miranda con sede en Guarenas, quien declaro CON LUGAR la demanda de nulidad interpuesto por la ciudadana ANA SABRINA SALCEDO SALCEDO, abogado inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 129.223 en su carácter de apoderado judicial de la entidad de trabajo DROGUERIA NENA, C.A., en contra de la Providencia Administrativa Nro. Nº 0053-2018 de fecha 23 de marzo de 2018, dictada por la Inspectoría Del Trabajo José Rafael Núñez Tenorio C.....