Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: a los ciudadanos GLADYS ELENA CLAVIJO de CASTILLO, GLADYS YUNILEET CASTILLO de DAVILA, MAYURY ELENA CASTILLO de ABREU, ALIX AMIRA CASTILLO CLAVIJO y ALBERTO JOSE CASTILLO CLAVIJO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-5.889.134, V V-14.059.650, 13.231.786, 16.924.515 y 19.764.729, respectivamente, Únicos y Universales Herederos del causante ALI ALBERTO CASTILLO SANCHEZ (), quien fuese venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-3.123.537, todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Proce.....