emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: ACUERDA que el cumplimiento total de las sanciones socioeducativas impuestas a los adolescentes IDENTIDADES OMITIDAS, DE LIBERTAD ASISTIDA E IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA, en forma SIMULTANEA, por el lapso UN (01) AÑO, culmina en su totalidad el día 16 de ENERO DEL 2008, quienes fueron sancionados por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL FRUSTRADO EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, previsto en los artículos 405 concatenado con el 424 y el 80 último aparte todos del Código Penal, en perjuicio del ciudadano ROCKMER JOHAN DIAZ RON. SEGUNDO: Las partes quedaron debidamente notificadas del cómputo en el acto de la audiencia oral de imposición del inicio del cumplimiento de las medidas..................