Este Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del estado Miranda en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO presentada por el ciudadano JOSE GREGORIO USECHE RAMIREZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-9.410.386, representado por su Apoderada Judicial abogada YALIXA MARGARITA GONZALEZ FLORES, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 91.586; en consecuencia, queda DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL QUE LO UNIA, a la ciudadana ZURAIMA JOSEFINA FERNANDEZ SANABRIA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-9.968.153, en virtud del matrimonio por ellos celebrado en fecha 20 de septiembre de 2008, ante la Primera Autoridad Civil de la Alcaldía del Municipio Carrizal del Estado Bolivariano de Miranda, según consta de Acta de Matrimonio Nº 95 cursante al folio 6 al 08 del presente expediente; todo e.....