En base a los hechos narrados, el derecho invocado y con fuerza de lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Guatire, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad con la sentencia Nº 1070 de fecha nueve (09) de diciembre del año 2016, emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, y en concordancia con la sentencia N° 136 de fecha treinta (30) de marzo del año 2017 de la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio presentada por el ciudadano VICTOR JOSE BLANCO VILLEGAS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-11.681.677, debidamente asistido y posteriormente representado por el profesional del Derecho FRANCISCO ANTONIO CEDEÑO, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad.....