DECLARA CON LUGAR la solicitud formulada por la Defensora de los ciudadanos FLORES MORENO BILLY ANDERSON y SILVA RONALD JOSE y en consecuencia ordena el cese de las presentaciones de los referidos ciudadanos, en virtud de que dicha medida cautelar fue impuesta en fecha 13/02/04 desde esa fecha hasta la presente han transcurrido 12 meses, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal.