ACUERDA: DECLARAR CON LUGAR LA SOLICITUD, presentada por la ABG. DORCY GONZALEZ, Defensora Pública Penal, adscrita a la Unidad de Defensa Pública del Estado Miranda, y se ORDENA EL TRASLADO INTERPENAL del penado: JOEL ALEXANDER GARCÍA PUERTAS, quien se encuentra recluido en el Internado Judicial Capital el Rodeo II, hacía la Penitenciaria General de Venezuela, de conformidad con lo establecido en el artículo 4 del Reglamento de Internados Judiciales, en relación con lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley de Régimen Penitenciario, en concordancia con lo establecido en los artículos 8, 67 y 68 todos de las REGLAS MINIMAS PARA EL TRATAMIENTO DE LOS RECLUSOS, Aprobada por el Primer Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención y Tratamiento del delincuente, celebrado en Ginebra en 1955, y aprobadas por el Consejo Económico y Social en sus resoluciones 663 (XXIV) del 31 de julio de 1957 y 2976 (LXII) del 13 de mayo de 1977 y en relación con lo dispuesto en el artículo 479 numeral 3 del.....