En consecuencia, por todos los razonamientos anteriormente expuestos, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, éste Tribunal CUARTO de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy , DECRETA LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, al ciudadano: ALEXANDER MELENDEZ JAIMES de Nacionalidad: Venezolana, residenciado en: Cartanal Calle Zamora N° 8 barrio a Juro casa sin numero al lado del liceo Teresa y Bolívar, nacido en fecha 07-05-77, de profesión u oficio oficial de seguridad, de estado civil divorciado y titular de la Cédula de Identidad Nro 14.456.092, por estar llenos los requisitos previstos en el artículo 250 en sus ordinales 1º, 2º , 3º y 251 ordinales 2º y 3º, Parágrafo Primero y 252 ordinales 1° y 2° todos del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión de el delito de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y castigado en el artí.....