"... este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Guarenas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando Justicia y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SE ORDENA DE OFICIO la REPOSICIÓN DE LA CAUSA al estado procesal en que el Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de este Circuito Judicial, proceda a notificar a la Procuraduría General de la República de la decisión dictada en fecha 01 de diciembre de 2011, en el proceso que por cobro de indemnizaciones derivadas de accidente de trabajo, incoara el ciudadano VÍCTOR YÁNEZ, en contra la COOPERATIVA PASO FIRME y la sociedad mercantil VIALIDAD Y CONSTRUCCIONES SUCRE, S.A. y en consecuencia a ello; se declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por la representación judicial del demandante. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo ..."