ACUERDA la REDENCION DE LA PENA que le falta por cumplir a la penada ZAIDA JOSEFINA PEÑA, titular de la Cédula de Identidad N°V-6.259.418, por un tiempo igual a SEIS (06) MESES y DOS (02) DIAS, de conformidad con los artículos 479 ordinal 1° y 508, ambos del Código Orgánico Procesal Penal en relación con los artículos 13 y 14 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio