DISPOSITIVO:
En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Guarenas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la demandaque por cobro de DIFERENCIA EN PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES incoaran los ciudadanos GUIA QUINTERO JOSE JUSTINO, CARLOS EDUARDO AVARIANO SUAREZ, HUMBERTO PALACIOS CARTAGENA, YONIS CORDERO, JOSE JESUS RODRIGUEZ, CHANCON MIGUEL ALBERO Y MENDOZA DUARTE JOSE, titulares de laa Cédula de Identidad Números V- 3.301.895, V- 17.652.556, V- 6.457.722 V- 10.694.360, V- 14.341.020, V- 8.760.981 y V- 15.930.995, respectivamente, en contra de la Sociedad Mercantil ALFARERIA LA MARGARITA C.A SEGUNDO: No hay condenatoria en costas, de conformidad con lo tipificado en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del trabajo.