...declara el decaimiento de la medida privativa de libertad dictada en fecha 22 de octubre de 2002, contra de los ciudadanos JHONNY JOSE PALENCIA VARGAS y ANGEL JOSE REYES RODRIGUEZ. Titulares de las Cedulas de Identidad Nro. V-13.728.312 Y Nro 15.118.253 respectivamente, por lo que, se acuerda la inmediata libertad de los antes mencionados ciudadanos, y en atención a lo establecido en el artículo 256.3 del Código Orgánico Procesal Penal, se le impone medida cautelar menos gravosa consistente en presentaciones ante la sede de este Tribunal Primero de Juicio del Estadio Miranda y sede en Los Teques, cada ocho (08) días hasta la finalización del proceso, igualmente, y según lo pauta el artículo 260 eiusdem, se obligará a no ausentarse de la jurisdicción del tribunal, a tal efecto, se identificará plenamente, aportando sus datos personales, dirección de residencia, el lugar donde debe ser notificado, bastando para ello que se le dirija allí la convocatoria.
Impóngase a los acusado.....