DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal de Segundo de Control de la Extensión del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sed-e en Valles del Tuy, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que la Ley, REVOCA LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD del imputado GONZALO VIVAS ORTEGA, Venezolano, Titular de la Cédula de identidad N° V-16.378.193, de profesión u oficio obrero, de 22 años de edad, nacido en fecha 30-12-1980, residenciado en la calle el progreso de salamanca, quinta Frainitery, casa N° 80-32, Cúa, estado Miranda , Y en consecuencia, SE ORDENA SU APREHENSIÓN CAUTELAR a la orden de este Tribunal, todo de conformidad con lo dispuesto en el 260; 262.2° y 3°; 250 y 251.4 todos del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese los oficios correspondientes a los Cuerpo Policiales a fin de dar cumplimiento a la orden de este Tribunal. Se ordena no d.....