CONDENA al adolescente: identidad omitida, de conformidad con las previsiones del artículo 578, literal "f", en concordancia con el artículo 622 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niñas y Adolescentes, con fundamento en sus literales, "a, b, c, d, e, f y g", a CUMPLIR CONFORME AL PARÁGRAFO PRIMERO IBIDEM, LA SANCIÓN DE SEIS (06) MESES DE LIBERTAD ASISTIDA por la comisión del delito: ABUSO SEXUAL A NIÑOS, previsto en el artículo 259 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en perjuicio de la niña: identidad omitida, delito que le fue imputado por la Representación Fiscal en su oportunidad, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 626 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niñas y Adolescentes, la cual será cumplida a través de la Orientación y Seguimiento del Equipo Multidisciplinario que el Juez de Ejecución Correspondiente considere adecuado para el cumplimiento de la misma y para el beneficio del .....