En consecuencia, llenos como se encuentran los requisitos para la procedencia de la cautelar solicitada este Tribunal la decreta en los términos siguientes:
1. SE ORDENA la SUSPENSION PROVISIONAL de los trámites de ejecución que se adelantan con motivo de la sentencia dictada en el juicio que por RESOLUCION DE CONTRATO siguió ANNA MARIA KOVAC DE MADERA contra LUIS ALBERTO SUAREZ SAADE y ANNA MARIA KOERD OBEDIENTE, ante el Juzgado Décimo Tercero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, contenido en el expediente Nº 96-1958 de la nomenclatura de ese Tribunal, hasta tanto exista sentencia definitivamente firme en este proceso.